
De acuerdo al artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual refiere que las autoridades competentes podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan y vendan bebidas alcohólicas para asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral.
El día de la elección y el precedente, las autoridades competentes de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes.
la Ley Seca será aplicable en San Luis Potosí desde las 00:00 horas del 5 de junio, y durante las 24 horas del 6 de junio, cuando se realizará la jornada electoral en el estado.
En este contexto, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en tiendas, centros comerciales, bares, antros, restaurantes y demás establecimientos.

