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CEEPAC le pasa al Congreso solicitud de consulta indígena en tres municipios

El CEEPAC recibió la solicitud de comunidades indígenas para decidir cómo elegir a sus autoridades en Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio, pero aclaró que no le corresponde hacer la consulta. Ahora, el Congreso del Estado tendrá que organizar este proceso, donde las comunidades podrán definir si continúan con partidos políticos o cambian a usos y costumbres.

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) informó que no realizará la consulta sobre el cambio de sistema electoral en los municipios de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio, y dejó claro que esta responsabilidad corresponde al Congreso del Estado.

La solicitud fue presentada por personas de los pueblos indígenas Tének y Náhuatl, quienes buscan decidir si sus municipios continúan con elecciones por partidos políticos o cambian a un sistema de usos y costumbres.

Sin embargo, el CEEPAC explicó que no es la autoridad encargada de organizar estas consultas, por lo que ya envió formalmente la petición al Congreso estatal para que la atienda.

De acuerdo con resoluciones judiciales previas, especialmente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, este tipo de consultas deben ser organizadas por el Congreso, ya que es el órgano que aprueba las leyes relacionadas con el sistema electoral.

Además, el organismo electoral recordó que todo el proceso debe seguir lo que establece la Ley de Consulta Indígena de San Luis Potosí, que regula cómo deben participar las comunidades.

El problema viene desde 2023 con el juicio ciudadano TESLP/JDC/11/2023, cuando comunidades indígenas denunciaron que no se les consultó sobre cambios en la forma de elegir a sus autoridades. El Tribunal Electoral les dio la razón y ordenó que se realizara una consulta formal en municipios como Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, dejando claro que tanto el CEEPAC como el Congreso tenían responsabilidad en organizarla.

A partir de eso, también por orden de la Suprema Corte en las acciones de inconstitucionalidad 141/2022 y 152/2022, el Congreso debía lanzar la convocatoria para esa consulta, mientras que el CEEPAC tenía que preparar todo el proceso con las comunidades. No obstante, aunque el CEEPAC cumplió con gestionar e incluso entregar formalmente la petición para incluir el tema en la consulta, el proceso seguía en fase interna dentro del Congreso, sin que hasta ese momento existiera convocatoria emitida.

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