

La violencia digital ya no parte únicamente de una foto real: también pueden crearse imágenes sexuales falsas con inteligencia artificial. Ante casos de sextorsión y deepfakes, una reforma aprobada en comisión busca ampliar la protección penal desde la generación del contenido íntimo sin consentimiento y no solo cuando se difunde.
La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó una reforma para ampliar el delito de violación a la intimidad sexual, de manera que no solamente se sancione la difusión de imágenes o videos íntimos sin consentimiento, sino también su generación indebida.
El dictamen retoma dos iniciativas presentadas por las diputadas Dulcelina Sánchez de Lira y Jessica Gabriela López Torres. Esta última había pedido en reuniones anteriores de la comisión agilizar el análisis de su propuesta ante los casos de violencia sexual digital registrados en San Luis Potosí.
El tema cobra relevancia ante modalidades como la sextorsión, en la que adolescentes son amenazados con la difusión de contenido sexual para exigirles dinero, más imágenes u otras acciones. Especialistas han advertido además que los agresores ya utilizan inteligencia artificial para crear imágenes sexuales falsas o deepfakes, incluso a partir de fotografías públicas de las víctimas.
Con la reforma, el delito dejaría de centrarse únicamente en la difusión del material. La protección abarcaría desde su generación, incluyendo conductas como videograbar, audiograbar, fotografiar, filmar o elaborar imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual, reales o simulados, sin consentimiento.
También se contemplan nuevas agravantes, entre ellas determinados vínculos de parentesco o confianza, los casos en que la conducta afecte la integridad o la vida de la víctima y aquellos relacionados con la difusión del contenido.
Durante la discusión, López Torres explicó que su iniciativa fue trabajada con la activista Olimpia Coral, impulsora de las reformas contra la violencia digital conocidas como Ley Olimpia.
“Es una iniciativa que se trabajó desde el principio con la activista Olimpia Coral”, señaló.
La diputada aclaró además que la protección penal no está limitada a las mujeres. “El tipo penal no es exclusivo para las mujeres”, dijo, al señalar que la violación a la intimidad sexual puede afectar a cualquier persona, independientemente de su género.
Originalmente, una de las iniciativas también planteaba establecer el retiro inmediato de contenido vejatorio de redes sociales como una orden de protección; sin embargo, la comisión explicó que esta medida ya fue incorporada previamente a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Asimismo, se descartó modificar el delito local de extorsión para incluir expresamente el uso de contenido íntimo o sexual, debido a la expedición de la nueva legislación general en la materia y para evitar invadir competencias.
El dictamen fue aprobado por la Comisión Primera de Justicia y deberá pasar al Pleno del Congreso para su discusión y votación definitiva.

