

Un juez negó el amparo contra el registro telefónico al considerar que no hay afectación mientras la línea siga activa.
Un juez negó el amparo promovido por el abogado José Mario de la Garza contra el registro telefónico obligatorio, al considerar que mientras la línea continúe activa no existe todavía una afectación directa que justifique la protección de la justicia federal.
De acuerdo con De la Garza, la resolución implica que una persona tendría que esperar a que su línea sea suspendida para reclamar entonces una posible violación a sus derechos, aun cuando el juicio pudiera prolongarse durante años.
El abogado anunció que impugnará la decisión mediante un recurso para que un Tribunal Colegiado revise la sentencia.
Tras conocer el fallo, cuestionó el criterio adoptado por el juez:
“¿El amparo existe para impedir que una violación a nuestros derechos se consuma, o primero tenemos que sufrirla para que después la justicia decida si estuvo bien?”
El litigio busca cuestionar la constitucionalidad del registro telefónico y los efectos que puede tener sobre derechos como la privacidad y el acceso a las comunicaciones.
Por ahora, la negativa de amparo no cierra definitivamente el caso, ya que la defensa todavía puede recurrir la resolución ante una instancia superior.
El caso forma parte de una estrategia jurídica más amplia: en San Luis Potosí, alrededor de 50 personas promovieron amparos individuales contra el registro obligatorio de líneas telefónicas, al considerar que la vinculación con CURP e identificación oficial puede afectar derechos como la privacidad y la confidencialidad. Los recursos no pudieron presentarse de forma colectiva, por lo que cada usuario tuvo que acudir por separado.

