
La magistrada explicó que hay muchísimas circunstancias a tomar en cuenta por lo que no se sostiene decir que solamente por ser mujer se le concede la custodia de sus hijos a una madre
La magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) Lourdes Anahí Zarazúa Martínez rechazó que exista una tendencia o mucho menos la instrucción de que en la mayoría de los casos en los que se involucra definir la custodia de hijos menores de edad se favoresca a las mujeres y aseveró que cada caso es distinto y no se podría generalizar.
Explicó que cada asunto tiene sus propias características y no se pudiera decir que se beneficia a uno u otro sexo, aseguró que hay muchos casos en los que la guarda y custodia la obtienen los papás y no las mamás, pero también es un hecho que todos los asuntos se tienen que analizar con perspectiva de género.
De igual manera consideró que se tiene que ser muy cautos en este tema, porque no se trata de que los jueces simplemente digan “ahh, eres mujer, en automático te doy la custodia, no es así”, hay muchas circunstancias muy particulares de cada caso a tomar en cuenta, como por ejemplo que existe un amparo vigente y esto ha impedido que se tome una definición.
Finalmente indicó que si bien se tiene que atender a la perspectiva de género para dar una protección especial a las mujeres, esto no implica que en casos de este tipo en automático se les de la custodia de los niños, hay muchas situaciones en donde quizá el juez determina que un padre no es el idóneo para tener la custodia y se le da a la madre, pero el padre piensa que en realidad fue una cuestión de género cuando no es así.

