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16/09/2024
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CEEPAC PRESENTA PLAN PARA EL RETIRO DE PROPAGANDA POLÍTICA

La Consejera Presidenta del Ceepac, Paloma Blanco López, hizo un llamado a los partidos políticos para que cumplan con el retiro de propaganda electoral dentro de los plazos establecidos y así den cumplimiento a esta responsabilidad.

En sesión ordinaria, el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) presentó el mecanismo que se aplicará para el retiro de propaganda política correspondiente al Proceso Electoral 2024, conforme a lo dispuesto en la Ley Electoral vigente en el estado.

El artículo 336 de esta ley establece que la propaganda electoral, una vez concluidas las campañas de los partidos políticos y candidatos independientes, debe ser retirada por los mismos dentro de los 30 días siguientes a la jornada electoral, con fecha límite el próximo 2 de julio.

La Consejera Presidenta del Ceepac, Paloma Blanco López, hizo un llamado a los partidos políticos para que cumplan con el retiro de propaganda electoral dentro de los plazos establecidos y así den cumplimiento a esta responsabilidad.

En caso de incumplimiento, el Ceepac implementará un procedimiento para el retiro de la propaganda, con cargo a las prerrogativas de financiamiento público del partido o partidos correspondientes, el mecanismo incluye una primera etapa de verificación en la que el personal del organismo electoral, junto con los organismos desconcentrados, identificará la propaganda electoral que permanezca instalada fuera del plazo legal, posteriormente, se notificará a los partidos políticos y candidaturas independientes el listado de propaganda localizada, otorgándoles un plazo de 5 días para retirarla.

En una segunda verificación, la Secretaría Ejecutiva, con la colaboración de diversas direcciones del organismo, llevará a cabo el retiro de la propaganda a través de empresas privadas, que remitirán los comprobantes fiscales de los pagos realizados, la Unidad de Prerrogativas y de Administración del Consejo procederá al cobro respectivo, con cargo a las prerrogativas de cada partido político y candidaturas independientes.

Para los partidos políticos a los que se les haya suspendido el financiamiento público por encontrarse en etapa de prevención por pérdida de registro, el costo del retiro de la propaganda electoral será remitido a la persona designada como interventora de ese instituto político para su cobro respectivo.

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