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08/02/2025
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Política

LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES APROBÓ POR UNANIMIDAD EL DICTAMEN QUE DECLARA IMPROCEDENTE UNA INICIATIVA DE REFORMA AL ARTÍCULO 49 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad, el dictamen que declara improcedente una iniciativa de reforma al artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

La propuesta establece que de los 13 distritos judiciales que existen en el estado, solamente queden cinco en funcionamiento, ya que se encuentran desfasados por la antigüedad y por las nuevas condiciones que existen en la entidad en términos de comunicación.

Su integración, señala la propuesta, debería ser: el primero, que comprende los municipios de San Luis Potosí, Guadalcázar, Villa Hidalgo, Villa de Arista, Venado, Moctezuma, Ahualulco, Villa de Reyes, Armadillo de los Infante, Mexquitic de Carmona, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Zaragoza, Santo Domingo, Salinas, Villa de Ramos, Villa de Arriaga, Tierra Nueva, Santa María del Rio, y San Nicolás Tolentino, con residencia en la Ciudad Capital de San Luis Potosí.

El Segundo, que comprende los municipios de Matehuala, Catorce, Villa de la Paz, Villa de Guadalupe, Charcas, Cedral y Vanegas, con residencia en la cabecera municipal de Matehuala.

El Tercero, que comprende los municipios de Rioverde, Ciudad del Maíz, Ciudad Fernández, Alaquines, Cárdenas, Rayón, Lagunillas, Santa Catarina, San Ciro de Acosta, Villa Juárez, Cerritos, con residencia en la cabecera municipal de Rioverde.

El Cuarto, que comprende los municipios de Ciudad Valles, Tamuin, Ébano, San Vicente Tancuayalab, Tanlajas, Tancanhuitz, Huehuetlán, Coxcatlán, Aquismón, Tamasopo San Antonio, Tampamolón Corona, Tanquian de Escobedo y El Naranjo con residencia en la cabecera municipal de Ciudad Valles.

El Quinto, que comprende los municipios de Tamazunchale, San Martin Chalchicuautla, Matlapa, Xilitla, Axtla de Terrazas, Tampacan con residencia en la cabecera municipal de Tamazunchale.

Desde 1826 se instauraron los distritos judiciales y hasta el día de hoy se reflejan en el Estado; “estamos a punto de cumplir 200 años con la misma distritación judicial en nuestro estado, como si no hubieran cambiado las comunicaciones, los medios de transporte o las leyes”.

El derecho al acceso a la justicia es considerado un derecho humano, el cual las autoridades deben de promover, respetar, proteger y garantizar. Constituye la vía para reclamar su cumplimento ante los tribunales y garantizar la igualdad ante la ley.

En la exposición de motivos se establece que reducir el número de distritos judiciales, se generarían beneficios como: facilitar el acceso a la justicia, contribuir en la economía de los habitantes que exigen justicia, que se utilicen cada vez más los medios electrónicos para realizar sus trámites jurídicos, que el personal de los juzgados que se integrarían a los ahora 5 distritos judiciales haría posible la tramitación efectiva de esos asuntos.

Al solicitar la opinión del Poder Judicial, se determinó que los argumentos de la iniciativa no son suficientes para considerarla viable, ya que se afectaría el tiempo de traslado de las personas, se incrementaría la carga de trabajo y se contraviene el principio de que toda persona tiene derecho a recibir justicia por tribunales expeditos.

Por lo tanto, las y los legisladores determinaron aprobar el dictamen que declara improcedente la propuesta.

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