
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de San Luis Potosí recomienda medidas preventivas en coherencia con la Norma Oficial Mexicana de condiciones térmicas elevadas o abatidas
(NOM-015-STPS-2001)
Ante las altas temperaturas registradas en la entidad, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de San Luis Potosí recomienda la observancia de la NOM-015-STPS-2001 sobre condiciones térmicas elevadas o abatidas, en materia de seguridad e higiene. A destacar las siguientes acciones:
INFORMAR, CAPACITAR Y ADIESTRAR a los trabajadores, por parte del patrón, de los riesgos del trabajo, realizar reconocimiento, evaluación de los mismos y proporcionar el EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL AL PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO.
Otorgar tiempo de recuperación mínima del 25% en cada hora a los trabajadores expuestos a condiciones térmicas elevadas. Este tiempo de recuperación podrá ser, si la temperatura supera los 32,2°, de hasta el 75% en cada hora.
Establecer y mantener abastecidas las estaciones para la hidratación de los
trabajadores en todo momento.
Establecer dinámica de control de temperatura corporal de los trabajadores expuestos, revisando periódicamente que la temperatura axilar no supere los 38° a fin de prevenir daños a la salud de las y los trabajadores. De presentarse un caso, que se describa cómo lo anterior expuesto, el patrón deberá establecer medidas preventivas inmediatas que garanticen que no se siga presentando este trabajador ni otros a este tipo de exposición.
Invitamos a todo el sector productivo a la observancia de dicha norma para prevenir riesgos de salud y seguridad en los trabajadores.

