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21/04/2026
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SEGUIRÁ EN PRISIÓN MIGUEL LUTZOW

El pasado jueves 26 de enero, se llevó a cabo una nueva audiencia judicial del proceso penal que presenta el extitular de los Servicios de Salud de SLP, Miguel Angel N., donde la principal petición fue suspender el proceso penal, a lo que el Juez de Control dio a conocer que es una petición improcedente, haciendo que el exfuncionario continúe en prisión preventiva en el centro penitenciario de La Pila.

Durante la audiencia que se presentó la mañana del jueves, el exfuncionario estatal reiteró al Juez de Control, Javier Pérez, su inocencia en el proceso penal en su contra, proceso que desde el mes de mayo del 2022 se encuentra dentro del reclusorio La Pila.

Ante la respuesta negativa del Juez de Control, quien descarto los argumentos, asimismo considerando que no había elementos jurídicos para retirar la prisión preventiva, no era posible la suspensión de que durante el proceso se pudiera decretar su libertad.

Miguel Angel N., destacó que aún se continúa ocultando a quien o quienes son culpables del delito que se le imputa, la supuesta compra simulada de un plaguicida que habría causado una afectación al erario por más de 32 millones de pesos.

Al hacer uso de la palabra, Miguel Ángel N. se dirigió al Juez de Control, subrayando que el lenguaje jurídico hace difícil entender y seguir “los términos” de la audiencia.

“Pudiera decir que el delito (el cual se le imputa) no lo cometí, que se está ocultando y protegiendo a los verdaderos culpables. Mi familia sabe que no cometí delito alguno. Llevo una vida íntegra, mi fe se ha fortalecido mucho, todos saben que no cometí el delito, soy un funcionario público de carrera, aborrezco la corrupción y la avaricia, eso lo sabe mi familia, mis hijos, la gente que me conoce (…) hay un tribunal al que vamos a llegar todos. Estoy en paz, soy congruente con mis principios y valores”.

Por su parte el titular del despacho MLegal, Alejandro Manríquez, quien lleva la defensa del exfuncionario, reclamó la suspensión del proceso penal argumentando diversas incidencias que justificarían la medida y reiteró que el pasado 14 de diciembre —luego de que el Juzgado Cuarto de Distrito el 28 concedió una sentencia de amparo que dejó sin efecto la audiencia del auto de vinculación a proceso dictado el 9 de mayo de 2022— la defensa solicitó al Órgano Jurisdiccional que se declarara formalmente suspendido el proceso y por tanto se dejara libre al imputado, recurso que según asentó no fue respondido por lo cual “entienden que de facto está suspendido”.

“Si está suspendido el proceso, no tiene sentido la medida cautelar, la prisión preventiva oficiosa”, puntualizó, pidiendo al Juez de Control que se pronunciara sobre la medida cautelar pues reiteró que a su juicio de facto se suspendía el proceso, pero no dicha medida.

De acuerdo a la cancelación de dos escritos de peticiones de audiencias para el 9 y 11 de noviembre del año pasado, Alejandro Márquez calificó como “desfasado” el procedimiento para cumplir con las peticiones.

Agregó que si la parte acusadora, a través de su asesoría jurídica, interpuso un recurso de revisión en contra de la sentencia de amparo emitida por el Juzgado Cuarto de Distrito el 28 de octubre pasado, dicho recurso puede durar meses en el Tribunal Colegiado de Circuito y no se puede llevar ninguna audiencia hasta que no se resuelva, por lo cual se “deshumaniza” el proceso.

Por su parte, la representante de la Fiscalía General del Estado advirtió que no le asistía la razón a la defensa jurídica del imputado sobre la suspensión de facto del proceso, pues argumentó que el auto de vinculación a proceso sigue vigente, igual que la medida cautelar, por lo cual pidió al Juez que desechara la petición.

Agregó que la ejecución del amparo para reponer la audiencia inicial de vinculación a proceso no es una sentencia firme y se encuentra pendiente del recurso que interpuso la asesoría jurídica de la parte afectada (los Servicios de Salud), por lo que en tanto se resuelve debe prevalecer la resolución inicial de vinculación a proceso del imputado impuesta en mayo anterior.

Sobre la medida cautelar de la prisión preventiva oficiosa, dijo que su objeto no es el mismo del proceso penal, sino que surge como una necesidad de cautela ante el “riesgo procesal”. Por todo ello, determinó la improcedencia de la petición planteada por la defensa de Miguel Ángel N., para la suspensión del proceso.

Al hacer nuevamente uso de la palabra, el abogado Alejandro Manríquez expresó su molestia y advirtió que la defensa del imputado no había sido notificada oficialmente de dichas respuestas del Órgano Jurisdiccional referidas por el Juez de Control —pese a haber transcurridos ya 10 días—, cuando se podía notificar de forma inmediata incluso por correo electrónico.

Cabe recordar que Miguel Ángel N., fue titular de Salud del estado en enero de 2020 a septiembre de 2021, y fue detenido el pasado 3 de mayo del 2022, siendo acusado de los delitos de uso abusivo de funciones y asociación delictuosa, debido a su presunta participación en la compra irregular de un plaguicida para combatir el dengue que –de acuerdo a la Fiscalía General del Estado– habría generado una afectación al erario por más de 32 millones de pesos. Así como en su momento se detuvo a la extitular de Salud y luego candidata a la gubernatura del Estado, Mónica Liliana Rangel Martínez, el pasado 12 de abril del 2022, quien también resulto implicada.

Con información de Astrolabio

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