

En reunión de Comisión de Justicia del Congreso del Estado, fue
aprobado el dictamen que reforma los artículos, 239, y 242 en sus
párrafos, primero, y ahora último, y en sus fracciones, VI, y VII;
adicionar al artículo 242 la fracción VIII, y un párrafo último; y derogar
del artículo 237 el párrafo cuarto del Código Penal del Estado de San
Luis Potosí.
El dictamen aprobado por la Comisión de Justicia, establece sancionar
con mayor con mayor severidad, el delito de abigeato, cuando este tipo
penal se cometa en perjuicio de pequeños productores pecuarios,
aumentando la pena máxima de 10 a 12 años de prisión.
La presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Cinthia Verónica
Segovia Colunga dijo que, los principales afectados por el abigeato son
los pequeños productores, quienes ven disminuido en casi la totalidad o
la totalidad de su patrimonio con el robo de ganado, lo cual les resulta
difícil recuperar, afectando directamente su economía.
Señaló que, los pequeños propietarios que solo tienen como actividad la
cría de ganado bovino, ovino, o equino y producen lo mínimo y
necesario para obtener el sustento diario al tener pérdida ocasionada
por el hurto de su ganado, les genera pérdidas irreparables, al sumarse
a ello otros problemas como la erosión de la tierra, inundaciones, la falta
de tecnificación agrícola y altos precios de los insumos y medicamentos
veterinarios.
En los próximos días, el dictamen será enviado al Pleno del Congreso del
Estado, para ser discutido y en su caso ser votado.

