

Una vez que ingrese la petición formal de la ciudadanía, que proponga la
creación del municipio de Villa de Pozos, el Congreso del Estado llevará
a cabo el análisis del cumplimiento de los requisitos establecidos en la
Ley Orgánica del Municipio Libre, señaló el diputado José Luis Fernández
Martínez, presidente de la Junta de Coordinación Política.
Señaló que de acuerdo a la ley, para la formación de nuevo municipio
por parte del Congreso del Estado, debe mediar solicitud por escrito de
los interesados, respaldada con el nombre, las firmas y el número de
credencial de elector, de cuando menos el veinticinco por ciento de los
ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la circunscripción
territorial que se pretenda erigir como municipio; y señalarse el nombre
con el que pretenda denominarse el nuevo municipio.
Se debe contar con un censo de población no menor de veinte mil
habitantes, contar con los recursos económicos suficientes para cubrir
las erogaciones que requiera la administración pública municipal, de
acuerdo a los estudios que los sectores interesados presenten como
prueba, sujeta a la comprobación del propio Congreso del Estado; y que
el centro de población señalado como cabecera municipal, cuente con
los inmuebles e instalaciones necesarios para el funcionamiento de los
servicios públicos municipales que establece la Constitución Política del
Estado.
Posteriormente, se debe tomar en cuenta, mediante plebiscito, la
opinión ciudadana del municipio en que se encuentre la fracción
territorial que pretende erigirse como municipio; y la opinión, expresada
por escrito, del Ejecutivo del Estado así como de los ayuntamientos
afectados por la posible creación del municipio, los que deberán emitirla
dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha en la que el
Congreso del Estado les comunique la solicitud.
“Se debe llevar a cabo el plebiscito donde participarán todos los
habitantes de la zona que quiere ser municipio y en general en la Capital
y una vez y si la mayoría está de acuerdo procedería a realizar la
reforma constitucional”
Precisó que en cuanto se reciba la solicitud, se debe cumplir con los
plazos legales, para realizar la revisión de los requisitos respecto de la
documentación de los interesados, así como en análisis jurídico, de
manera que podría integrarse en el próximo Periodo Ordinario de
Sesiones.
Esto, conllevaría al replanteamiento de la partida presupuestal para el
siguiente ejercicio fiscal del 2023, que deberá desprenderse del
Ayuntamiento Capitalino.

