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San Luis Potosí
14/05/2024
El Candidato MX
Política

DEBE SANCIONARSE CON MAYOR SEVERIDAD PENAL, ADMINISTRATIVA Y ELECTORALMENTE EL DELITO DE VIOLENCIAS POLÍTICA EN CONTRA DE LAS MUJERES.

ESPERAN QUE SE APRUEBEN REFORMAS A DIVERSAS LEYES PARA QUE SE
APLIQUEN SANCIONES MÁS SEVERAS: DIP. SONIA MENDOZA DÍAZ.

Deben aprobarse reformas al Código Penal, a la Ley Electoral y a la Ley
de Responsabilidades Administrativas para que en los próximos procesos
electorales la violencia política se castigue con mayor severidad tanto
penal como administrativa y electoralmente, señaló la diputada Sonia
Mendoza Díaz, vicepresidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales
del Congreso del Estado.
Puntualizó “la violencia política debe estar tipificada como delito en el
Código Penal con sanciones más severas, pero, también debe castigarse
administrativamente y en el ámbito electoral, de lo contrario las mujeres
continuarán siendo víctimas de este tipo de violencia”.
“En anteriores campañas electorales, las mujeres candidatas fueron
víctimas de violencia política, de insultos, de descalificaciones y no
existieron consecuencias; por lo tanto, mientras no se sancionen
severamente estas acciones las mujeres vamos a seguir siendo víctimas
de violencia política”.
Sonia Mendoza Díaz, sostuvo “San Luis Potosí está preparado para que
gobierne una mujer, pero, tenemos que ser solidarias y tener mayor
apertura para apoyar a que sea una mujer la que gobierne nuestro
estado”.
Recordó que presentó una iniciativa de modificación a diversas
disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia del Estado, al Código Penal del Estado, a la Ley Electoral del

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Estado y a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado
de San Luis Potosí.
Propone establecer dentro de la Ley de Acceso de la Mujer a una Vida
Libre de Violencia órdenes de protección de naturaleza político-electoral,
entre las que se encuentran el ordenar la incorporación o
reincorporación de la víctima a su encargo, separar temporalmente al
agresor de su encargo hasta en tanto la autoridad competente declare
inexistentes los actos de violencia política denunciados; ordenar la
entrega de documentos solicitados por la víctima en tiempo y forma y
que le hayan sido negados sin causa justificada; y ordenar la entrega de
recursos a los que la víctima tenga derecho y no le hayan sido
ministrados sin causa justificada.
Por otro lado, se pretende reformar el artículo 365 y adherir un artículo
376 del Código Penal del Estado para establecer que comete el delito de
violencia política el servidor público o particular que cause a otro daño
físico, psicológico, económico o sexual, en su persona, en sus bienes, en
su honor, en sus derechos o en la persona, honor, bienes o derechos de
alguien con quien esté ligado por algún vínculo para acotar, restringir,
suspender, o impedir el ejercicio de sus derechos ciudadanos o político-
electorales.
Este delito se sancionará con tres meses a seis años de prisión y sanción
pecuniaria de treinta a seiscientos días del salario mínimo vigente, sin
perjuicio de las sanciones que correspondan por la comisión de diverso
delito. En caso de que el delito se cometa en agravio de una mujer, las
penalidades señaladas en el párrafo anterior se aumentarán en una
mitad.
En lo referente a la Ley Electoral del Estado, se propone reformar el
artículo 442 a fin de dotar de competencia al Tribunal Electoral del
Estado para conocer y resolver sobre casos de violencia política a través
del procedimiento especial sancionador.
Asimismo, se contempla adicionar una fracción a los artículos 453, 454,
456, 457, 458 y 459, a fin de establecer como infracciones a la Ley
Electoral la ejecución de actos u omisiones que constituyan violencia
política o la tolerancia de esta, siendo sujetos de infracción tanto

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personas físicas (aspirantes, precandidatos o candidatos a un cargo de
elección popular, o afiliados) como personas morales, como partidos
políticos y agrupaciones políticas, los representantes o dirigentes de
éstos.
Se propone también la modificación a la Ley de Responsabilidades
Administrativas para el Estado de San Luis Potosí e incluir que con
efectos de sanción, la violencia política será considerada abuso de
funciones.
“Espero que esta iniciativa sea aprobada para que en los próximos
procesos electorales se sancione con mayor severidad la violencia
política de forma penal, administrativa y electoralmente”, finalizó.

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