

La renta inicial seguirá siendo un acuerdo entre propietario e inquilino, pero los aumentos posteriores tendrían un límite. Una reforma avalada en comisión plantea que las rentas de vivienda solo puedan subir una vez al año y nunca por encima de la inflación.
La Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado aprobó una reforma para que las rentas de casas y departamentos no puedan aumentar cada año por encima de la inflación.
La propuesta modifica el artículo 2282 del Código Civil de San Luis Potosí y ahora deberá pasar al Pleno para su votación. Fue presentada por la diputada Jacquelinn Jauregui Mendoza y los diputados Héctor Serrano Cortés y César Arturo Lara Rocha.
Si la reforma es aprobada, propietarios e inquilinos seguirán pudiendo acordar libremente el precio inicial de una renta. Es decir, la ley no fijará cuánto debe costar una casa o departamento; lo que limitará será el aumento que se haga después.
El nuevo texto establece que la renta de una vivienda solo podrá aumentar una vez al año y que ese incremento no podrá ser mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior.
La reforma también cambia la forma de pedir una reducción de renta. Actualmente, después de un año se puede acudir ante un juez si se demuestra que las rentas de la zona subieron o bajaron. Con el nuevo esquema, el inquilino podría solicitar una disminución si demuestra que los alquileres de la zona han bajado.
El dictamen señala que el encarecimiento de las rentas puede afectar la economía de las familias y provocar que las personas se alejen de zonas céntricas o de sus centros de trabajo, además de relacionarse con fenómenos como la gentrificación.
La medida aplicaría a inmuebles destinados a vivienda, como casas o departamentos, pero no a locales comerciales, naves industriales u otros espacios rentados con fines distintos al habitacional.
La reforma todavía no entra en vigor. Primero debe ser aprobada por el Pleno del Congreso y, en caso de avalarse, entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

