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10/09/2026
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Estado

Sancionan a tres abogados por violencia política de género contra jueza en SLP

El TEE concluyó que los insultos y descalificaciones contra una jueza familiar fueron violencia política de género. Los responsables recibieron una amonestación pública y serán inscritos en el registro estatal de personas sancionadas.

El Tribunal Electoral del Estado declaró que tres abogados ejercieron violencia política de género contra una jueza familiar, luego de insultarla y desacreditar su capacidad profesional durante un conflicto ocurrido dentro de un juzgado.

El caso corresponde al expediente TESLP/PSE/01/2026 y fue analizado nuevamente por orden de la Sala Regional Monterrey, que había anulado la resolución anterior porque no contaba con una mayoría válida entre las magistraturas.

La denuncia fue presentada por la jueza Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez contra Iván Zúñiga Rodríguez, Luis Ariel Navarro Díaz e Isela del Carmen Zúñiga Rodríguez, después de una confrontación registrada el 16 de diciembre de 2025 durante una diligencia relacionada con la custodia de un menor.

Entre las frases registradas en los materiales de audio y video se encontraron insultos como “corrupta”, “inepta” y “bazofia”, así como la expresión “usted más bien como mujer qué asco me da”, utilizada durante la confrontación dentro del juzgado.

Por mayoría, el Tribunal concluyó que las descalificaciones no fueron únicamente críticas severas contra una decisión judicial, sino expresiones con elementos de género que buscaban presentar a la jueza como incapaz de ejercer su cargo.

El Tribunal aclaró que no toda crítica contra una jueza constituye violencia política de género. Explicó que durante el proceso analizó publicaciones periodísticas y mensajes en redes sociales, los cuales consideró parte de la libertad de expresión porque se centraban en el caso judicial.

Sin embargo, concluyó que los insultos y expresiones pronunciadas dentro del juzgado, junto con los videos y audios presentados como prueba, fueron más allá de una crítica legítima y buscaron intimidar, desacreditar y restar autoridad a la jueza por su condición de mujer.

La resolución determinó que las agresiones constituyeron violencia simbólica y psicológica, pues pretendían menospreciar su autoridad y afectar el desempeño de la función para la cual fue elegida mediante voto popular.

Como sanción, las tres personas responsables recibieron una amonestación pública y deberán cumplir medidas de reparación integral y garantías de no repetición.

Además, serán inscritas en el Registro Estatal de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Ceepac.

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