
Ante las próximas elecciones, se ha decretado una rigurosa Ley Seca para asegurar la tranquilidad en la jornada electoral. Las sanciones para quienes violen esta disposición van desde elevadas multas hasta clausuras de establecimientos.
Con el objetivo de preservar la paz y la tranquilidad en el proceso electoral que se llevará a cabo el próximo 2 de junio, el Gobierno del Estado, a través de la Dirección General de Gobernación, ha decretado la implementación de la “Ley Seca”. Esta medida implica la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas desde las primeras horas del sábado 1 de junio hasta el final del día domingo 2 de junio.
Para evitar cualquier malentendido sobre el periodo de aplicación, la Dirección General de Gobernación ha especificado que la prohibición comenzará a las 00:00 horas del sábado y concluirá a las 23:59 horas del domingo. Esta restricción busca asegurar un ambiente propicio para el desarrollo pacífico de las elecciones, evitando cualquier altercado que pueda surgir por el consumo
La implementación de esta medida no es nueva y se realiza con el propósito de mantener el orden y la seguridad en una jornada tan crucial como las elecciones. No obstante, algunos empresarios han solicitado al gobierno una excepción para las primeras horas del sábado, argumentando que varios de sus negocios operan desde la noche del viernes y que este año la medida coincide con la final de la Champions League, programada para la 1 de la tarde del sábado. Esta petición subraya la importancia económica de dichos eventos y la necesidad de encontrar un equilibrio entre la regulación y el apoyo a la actividad comercial local de alcohol.
La Dirección de Gobernación también ha organizado un operativo especial de inspección para garantizar el cumplimiento de esta medida. Las autoridades han instado a los dueños y administradores de establecimientos que venden bebidas alcohólicas a acatar la disposición, advirtiendo que el incumplimiento podría resultar en severas sanciones, que varían desde multas hasta la clausura de los negocios.
En el comunicado oficial, las autoridades enfatizaron que cualquier violación a esta normativa será severamente castigada conforme a los artículos 50 y 57 de la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luis Potosí.
El artículo 50 establece que las infracciones serán sancionadas por la autoridad correspondiente, ya sea estatal o municipal, sin perjuicio de las sanciones penales que también puedan aplicar. Por su parte, el artículo 57 detalla las posibles sanciones para los titulares de licencias de venta de alcohol y su personal, las cuales incluyen:
Apercibimiento por escrito: Se dará un plazo para corregir la falta.
Multa de 20 a 1200 UMAs: Considerando que una UMA (Unidad de Medida y Actualización) en 2024 tiene un valor de $108.57, las multas pueden oscilar entre $2,171 y las sanciones más severas pueden alcanzar hasta $130,284 pesos.
Arresto por 36 horas.
Clausura parcial o total del establecimiento: Esto incluye el cierre de refrigeradores, hieleras y cualquier mueble que contenga bebidas alcohólicas por un periodo de hasta 30 días.

